¿A PARTIR DE QUÉ EDAD SE PUEDE CONDUCIR UN SCOOTER?

En España, la edad mínima que la ley establece para obtener una licencia de ciclomotor es a los 15 años. Y con 15 años, solo las que son de menor cilindrada y potencia, es decir, los ciclomotores y scooters de hasta 50cc. Para conducir otro tipo de vehículos de 2 ruedas con motor más grande y mayor potencia, es preciso contar con unos años de práctica conduciendo máquinas de menor cilindrada.

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¿Qué tipos de scooters se pueden conducir con 15 años?

Con una edad mínima de 15 años se pueden conducir con carnet AM los siguientes tipos de vehículos: ciclomotores cuya cilindrada máxima sea de 50 cm3, por lo que respecta a los motores de combustión interna, o aquellos cuya potencia máxima sea de 4 kW, para el resto de motorizaciones. En todos los casos, en este tipo de licencias para conducir ciclomotores la velocidad del ciclomotor no deberá sobrepasar los 45 km/h.

Para obtener el carnet de moto de categoría AM se requiere aprobar tanto el examen teórico, como el examen práctico. Además, el acceso a este permiso se obtiene si el aspirante posee un informe de aptitud psicofísica, el cual es expedido por un centro de reconocimiento de conductores autorizado.

 

¿Qué tipos de scooters se pueden conducir con 16 años?

A partir de los 16 años se pueden conducir los siguientes vehículos:
Vehículos de 2 ruedas (motocicleta, scooter…) cuya cilindrada sea de hasta 125 cm3 y una potencia máxima de 11kW 15 kW. Triciclos que no superen los 15kW de potencia. El requisito previo para poder conducirlos es contar con el permiso A1. Cabe destacar que si se obtiene el permiso de conducir A1, se obtiene automáticamente el permiso AM por convalidación, lo cual autoriza la conducción de todos los vehículos de esta última categoría.

 

¿Qué tipos de scooters se pueden conducir con 18 años?

A partir de los 18 años los titulares del permiso A2 podrán manejar scooters cuya potencia no sobrepase los 35 kW y cuya relación potencia/peso sea inferior a 0,2 kW. Los jóvenes de 18 años también pueden conducir una moto de la categoría A1, a condición de poseer el permiso de circulación B desde más de tres años.

Sin embargo, conducir una moto no es lo mismo que manejar un coche. Por ello es recomendable no incorporar lugares con tráfico sin tener un poco de práctica. Si bien es posible comprar directamente una moto y circular con el carnet B, lo ideal es optar por una formación para así garantizar tu seguridad y la de los demás usuarios.

¿Qué tipos de scooters se pueden conducir a partir de los 20 años?

Una vez alcanzada la edad de 20 años, se pueden hacer los exámenes para obtener el permiso A, con el que se puede conducir todo tipo de motos. La única condición para ello, es haber obtenido el A2 dos años antes, es decir, a los 18 años. El permiso de conducir A permite conducir todo tipo de vehículos motorizados de dos y tres ruedas, de cualquier potencia o cilindrada.

Si bien este permiso es muy recomendable ya que no tiene límites de potencia o cilindrada, también es necesario seguir un curso teórico y práctico de 9 horas de duración. La parte teórica incluye las mismas temáticas que durante el curso del carnet B, es decir, que se mencionara como evaluar el estado del vehículo, como actuar en caso de accidente e incluso como conducir en condiciones climatológicas adversas. En cuanto a la práctica, los módulos contienen maniobras en circuito cerrado y en circulación.

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¿Se puede conducir un scooter sin carnet?

Circular de forma segura es la prioridad para pasajeros y conductores por lo que conducir vehículos sin carnet, entre ellos los scooters, puede acarrear graves sanciones e incluso penas de prisión. Las sanciones por conducir sin carnet pueden variar en función de la gravedad de la infracción.

Las posibles opciones de conducir sin carnet pueden ser las siguientes: tener retirados todos los puntos del carnet, tener suspendido el carnet por orden administrativa o judicial, o bien, no haber sacado jamás la licencia para conducir. Este caso es considerado el más grave. Las penas podrían ser de hasta 6 meses de prisión, sanción económica o hasta 3 meses de trabajos comunitarios.

Además del permiso de circulación, no se debe olvidar que para conducir cualquier tipo de motocicleta es obligatorio poseer cierta documentación, como el certificado de seguro de moto y un certificado de revisión técnica vigente, o un certificado de homologación.

Circular sin un certificado de revisión técnica es sancionado con una multa de 80 euros, incluso si se ha superado la Inspección Técnica del Vehículo (ITV). Conducir sin seguro también implica una multa, la cual puede ser otorgada al conductor con un precio que varía según los cc y el tipo de carnet.

Fuente: DGT

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